Por Federación Mundial de las Personas Sordas (WFDEAF, World Federation of the Deaf).
Accede al documento original en inglés en WFDEAF.
Traducción no profesional realizada por ACCIUMRed para lectura personal.
Capítulo 1
Las infancias sordas, como todas las infancias, nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Capítulo 2
Las infancias sordas tienen derecho a una lengua de signos. Las lenguas de signos nacionales son las únicas lenguas totalmente accesibles para las infancias sordas desde su nacimiento.
Capítulo 3
No se vulnerará los derechos de las infancias sordas a sus lenguas de signos nacionales.
Capítulo 4
Familiares y personas al cuidado de las infancias sordas deben recibir instrucción gratuita en sus lenguas nacionales de signos.
Capítulo 5
Las infancias sordas tienen derecho a una educación de calidad, inclusiva y multilingüe en sus lenguas nacionales de signos y escritas. [1]
Capítulo 6
Todas las infancias sordas tienen derecho a aprender la identidad lingüística y la cultura de la comunidad sorda. [2]
Capítulo 7
Las infancias sordas tienen derecho a la protección contra la privación del lenguaje. No proporcionar acceso a las lenguas de signos nacionales a todas las infancias sordas constituye discriminación. [3]
Capítulo 8
Las infancias sordas tienen derecho a modelos de lengua de signos nacional fluida, incluida la comunidad docente, en la educación. [4]
Capítulo 9
Las infancias sordas tienen derecho a expresar sus opiniones sobre todos los asuntos que les afecten. [5]
Capítulo 10
Todas las declaraciones anteriores deben implementarse para todas las infancias [y adolescencias] sordas de inmediato y sin demora.
Notas
[1] Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de la ONU, artículo 24; y Alianza Internacional de la Discapacidad «Qué entendemos por una educación inclusiva, equitativa y de calidad: Informe de la lnternational Disability Alliance» 2020, Anexo, p.9 [2] ONU-CDPD, Artículo 30 [3] ONU-CDPD, Artículo 5(3) [4] ONU-CDPD, Artículo 24.4 [5] UN CRPD Artículo 7 (3).
[Transcripción]
Declaración de los Derechos de la Infancia Sorda.
Arranca la Semana Internacional de las Personas Sordas con la mirada puesta en la infancia. En la Asamblea General de la WFD (Federación Mundial de Personas Sordas), celebrada en julio, se aprobó de forma unánime la Declaración de los Derechos de la Infancia Sorda. Un documento en el que se hace un llamamiento a los diferentes gobiernos para que impulsen aquellas medidas que posibiliten que las infancias sordas disfruten, entre otros, de sus derechos lingüísticos.
Es prioritario que se dote a la infancia sorda de entornos saludables, accesibles e inclusivos, en los que puedan usar las lenguas de signos, sin que esto suponga aislamiento, discriminación, ni acoso de ningún tipo.
Que se les dé posibilidad de educarse en su lengua natural, y ser partícipes de espacios agrupados junto a iguales, y personas adultas sordas referentes, que contribuyan a la construcción de una imagen positiva de sí.
Que se les permita crecer y vivir de una forma libre y plena, sin miedos ni prejuicios.